
Permiso de Exportación de Flora y Fauna Silvestres (para fauna y flora no maderable)
Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre
Permisos otorgados por el CONAP a personas individuales o jurídicas para autorizar exportaciones de especímenes de flora y fauna silvestre, nativa de Guatemala, pero que no se encuentran incluidas en los Apéndices de la CITES.
Casos que cubre este trámite:
- Permisos de Exportación de Flora y Fauna Silvestres
- Renovación o reposición de Permisos de Exportación de Flora y Fauna Silvestres
Descarga el documento de requisitos y suba los documentos que corresponda según sea el caso que requiera
Costo del trámite:
Nota importante: Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, con código BANRURAL 441, pago de Q75.00 (por cada permiso) en Agencias BANRURAL.
Normativa:
- Artículos 64 y 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
- Decreto No. 63-79 del Congreso de la República de Guatemala, Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, las Decisiones y Resoluciones de la Conferencia de las Partes.
- Artículos 20, 24, 25, 26, 27, 30, 33, 34, 35, 36, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 69, 70, 75, 76, 78, 81 bis. y 82 de la Ley de Áreas Protegidas, Decreto No. 4-89 del Congreso de la República de Guatemala, y sus Reformas, Decretos No. 18-89, 110-96 y 111-97 del Congreso de la República de Guatemala.
- Artículos 52, 59, 62, 63, 68, 69, 70, 71, 72, 73 y 74 del Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas, Acuerdo Gubernativo No. 759-90 del Presidente de la República
- Artículos 3, 9, 15, 21, 22 y 29 de la Ley General de Caza, Decreto Número 36-04 del Congreso de la República de Guatemala.
- Artículos 2 y 27 del Reglamento de la Ley General de Caza, Acuerdo Gubernativo No. 84-2007 del Presidente de la República.
- Resolución Sc. No. 06/2008 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Manual de Procedimientos del Departamento de Vida Silvestre.
- Guía de Inspección de Embarques de Exportación / Importación de Flora y Fauna Silvestre del Consejo Nacional de Áreas Protegidas.
Notas:
– Las unidades académicas y de investigación de universidades, debidamente acreditadas, están exentas del pago de este trámite.
– Los Centros de Rescate registrados ante el CONAP están exentas del pago de este trámite.
Pasos:
- Descargar el formulario digital para Permiso de Exportación de Flora y Fauna Silvestres (para fauna y flora no maderable)
- Llenar el formulario digital a computadora
- Subir el formulario digital en formato PDF en el formulario electrónico
- Subir los documentos de requisitos en el formulario electrónico
- Subir la boleta de pago en el formulario electrónico
Teléfonos y correos de contacto:
Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre -DMBVS-
Para resolver dudas puedes comunicarte al teléfono: 22997300 extensión 623 y 624 – correo electrónico: dmbvs@conap.gob.gt
Tramite: Permiso de Exportación de Flora y Fauna Silvestres (para fauna y flora no maderable)
Descargue el formulario, llénelo a computadora y vuélvalo a cargar con formato PDF
