Trámite No. 19F:

Permiso de Exportación de Flora y Fauna Silvestres (para flora maderable)

Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre

Descripción:

Permisos otorgados por el CONAP a personas individuales o jurídicas para autorizar exportaciones de especímenes de flora y fauna silvestre, nativa de Guatemala, pero que no se encuentran incluidas en los Apéndices de la CITES.

Documentos y costos del trámite:
A. Permiso/Certificado CITES de Exportación

El formulario de solicitud deberá presentarse acompañado de la siguiente documentación:

  1. Formulario de solicitud establecido por el CONAP, debidamente completado.
  2. Estar inscrito en el registro del CONAP que corresponda.
  3. En caso de exportaciones con fines comerciales, Documento Tributario Electrónico (factura) extendido a nombre del destinatario final.
  4. Documentación que acredite la obtención legal de los especímenes, para determinar la trazabilidad y cadena de custodia, dependiendo del propósito de la transacción, la cual podrá consistir en:
    • Copia de Licencia de colecta o aprovechamiento de vida silvestre emitida por el CONAP (como referencia).
    • En caso de exportaciones con fines científicos, copia de Licencia de Investigación emitida por el CONAP (como referencia).
    • Cuando los especímenes provengan de una o más fuentes (adquiridos de reproductoras o comercializadoras registradas en el CONAP), deberán presentar los Documentos Tributarios Electrónicos (facturas) que respalden su adquisición.
    • En caso de reproductoras, Certificado de origen que garantiza que los especímenes, partes o derivados de reproducción bajo condiciones controladas o en cautiverio emitida por técnico profesional regente (con firma, sello y timbres).
    • En caso de colecciones, Carta de intercambio o donación entre colecciones, debidamente registrada ante el CONAP y la institución competente en el país de destino.
    • Copias de Guías de transporte emitidas por las Direcciones Regionales o Subregionales del CONAP (como referencia), que respalden el traslado de los especímenes dentro del territorio nacional.
    • Cualquier otra documentación que, a criterio del CONAP, sea válida y contribuya a determinar la trazabilidad y la cadena de custodia de los especímenes.
  5. Cuando aplique, documento que detalle de los números de identificación del o de los especímenes vivos.
  6. Comprobante de pago del Certificado NO CITES.

Costo del trámite:

Actividad: Certificado NO CITES Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, con código BANRURAL 421, pago de Q100.00 (por cada permiso) en Agencias BANRURAL.

Nota importante: Certificado CITES a Centros de Rescate, están exentas del pago de este trámite.

B. Certificados NO CITES de Importación

El formulario de solicitud deberá presentarse acompañado de la siguiente documentación:

  1. Formulario de solicitud establecido por el CONAP, debidamente completado.
  2. Estar inscrito en el registro del CONAP que corresponda.
  3. Copia del Permiso, Certificado o Licencia de exportación emitido por la autoridad competente del país de origen y/o copia del Certificado de origen extendido por la autoridad competente del país de origen, cuando aplique.
  4. Copia del Certificado zoosanitario o fitosanitario otorgado por la autoridad competente del país de origen, cuando aplique.
  5. En caso de especímenes vivos de fauna silvestre, se deberá presentar un certificado de un médico veterinario que avale la salud de dichos especímenes.
  6. En caso de importaciones de cazadores, presentar acreditación como cazador extranjero emitido por la autoridad competente del país de origen.
  7. En caso de importaciones con fines comerciales, Documento Tributario Electrónico (factura) extendida al destinatario final (importador).
  8. Comprobante de pago de Certificado NO CITES.

Actividad: Certificado NO CITES Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, con código BANRURAL 421, pago de Q100.00 (por cada permiso) en Agencias BANRURAL.

Nota importante: Certificado NO CITES a Centros de Rescate, están exentas del pago de este trámite.

C. Certificado NO CITES de Reexportación

El formulario de solicitud deberá presentarse acompañado de la siguiente documentación:

  1. Formulario de solicitud establecido por el CONAP, debidamente completado.
  2. Estar inscrito en el registro del CONAP que corresponda.
  3. Certificado NO CITES de importación emitido por el CONAP.
  4. Copia del Permiso, Certificado o Licencia de exportación emitido por la autoridad competente del país de origen. 
  5. En caso de reexportaciones con fines comerciales, Documento Tributario Electrónico (factura) extendida al destinatario final.
  6. Documentación que acredite la obtención legal de los especímenes, para determinar la trazabilidad y cadena de custodia, dependiendo del propósito de la transacción, la cual podrá consistir en:
    • En caso de reexportaciones con fines científicos, copia de Licencia de Investigación emitida por el CONAP (como referencia).
    • Cuando los especímenes provengan de una o más fuentes (adquiridos de reproductoras o comercializadoras registradas en el CONAP), deberán presentar los Documentos Tributarios Electrónicos (facturas) que respalden su adquisición.
    • En caso de reproductoras, Certificación de origen que garantiza que los especímenes, partes o derivados de reproducción bajo condiciones controladas o en cautiverio emitida por técnico profesional regente (con firma, sello y timbres).
    • Copia de Guía de transporte que respalde el traslado de los especímenes desde la importación hacia el lugar de destino (como referencia) y de otras guías de transporte que respalden traslados posteriores (como referencia).
    • Carta de intercambio o donación entre colecciones, debidamente registrada ante CONAP y la institución competente en el país de destino.
    • Cualquier otra documentación que, a criterio del CONAP, sea válida y contribuya a determinar la trazabilidad y la cadena de custodia de los especímenes.
  7. Cuando aplique, documento que detalle de los números de identificación del o de los especímenes vivos.
  8. Comprobante de pago de Certificado NO CITES.

Actividad: Certificado NO CITES Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, con código BANRURAL 421, pago de Q100.00 (por cada permiso) en Agencias BANRURAL.

Nota importante: Certificado NO CITES a Centros de Rescate, están exentas del pago de este trámite.

D. Renovación o reposición de Permisos/Certificados CITES

El formulario de solicitud deberá presentarse acompañado de la siguiente documentación:

  1. Formulario de solicitud establecido por el CONAP, debidamente completado.
  2. En caso de contar con el Certificado NO CITES original, presentar dicho documento para su digitalización en las oficinas del CONAP y su correspondiente anulación.
  3. Documentación que sustente la solicitud de renovación o reposición del Certificado NO CITES, según corresponda.
  4. Comprobante de pago de Certificado NO CITES.

Actividad: Certificado NO CITES Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, con código BANRURAL 421, pago de Q100.00 (por cada permiso) en Agencias BANRURAL.

Nota importante: Certificado CITES a Centros de Rescate, están exentas del pago de este trámite.

Notas:
– Los Centros de Rescate registrados ante el CONAP están exentas del pago de este trámite.

Documentos y costos del trámite:
A. Permisos de Exportación de Flora y Fauna Silvestres

El formulario de solicitud deberá presentarse acompañado de la siguiente documentación:

  1. Formulario de solicitud establecido por el CONAP, debidamente completado.
  2. Estar inscrito en el registro del CONAP que corresponda.
  3. Copia del DPI del solicitante, previamente registrado ante el CONAP (adjuntar copia de registro ante el CONAP como referencia).
  4. Copias de las Constancias de Registro vigentes ante el Registro Nacional Forestal de las empresas forestales involucradas en el traslado, procesamiento o comercialización del producto forestal que se pretende exportar, según corresponda.
    • Registro de Empresa Exportadora e Importadora de Productos Forestales (EXIM) del solicitante;
    • Industria Forestal (IF), de la o de las industrias donde se hayan realizado procesos de aserrío, re-aserrío o traslados entre empresas forestales;
    • Depósito Forestal (DP), cuando aplique; y
    • Centro de Acopio (CA), cuando aplique.
  5. En caso de realizar procesos de aserrío o re-aserrío y de contar con estudio de rendimiento, resolución de aprobación de porcentaje de rendimiento por especie, emitida por el INAB.
  6. Cuando los productos de flora maderable provengan de una o más fuentes, Documentos Tributarios Electrónicos (facturas) que respalden la adquisición de los productos a exportar, los cuales deberán detallar la especie, el tipo de producto, el volumen o cantidad, la calidad, otras características particulares y el precio total.
  7. En el caso de existir intermediarios en la cadena de comercialización, presentar tantos Documentos Tributarios Electrónicos (facturas) como transacciones de compraventa se hayan realizado, con el mismo nivel de detalle indicado en el numeral anterior.
  8. Lista de empaque o packing list que detalle el número paquetes (fardos o bultos), las dimensiones (largos, anchos y grosores) y volumetría de las piezas de madera por paquete, la especie o especies, así como las calidades de la madera. En el caso de productos forestales diferentes a la madera, presentar lista de empaque describiendo la cantidad y tipo de producto.
  9. Cuando el comercializador adquiera productos forestales de un proveedor, presentar una lista detalla de los productos adquiridos y comercializados, elaborada por el proveedor, la cual deberá contener información sobre la especie, tipo de producto, dimensiones, el volumen o cantidad, calidad y otras características relevantes.
  10. En caso de exportaciones con fines comerciales, Documento Tributario Electrónico (factura) extendido a nombre del destinatario final.
  11. Cuando el aserrío se realice en una industria forestal distinta a la de la empresa comercializadora que solicita la exportación, presentar el Documento Tributario Electrónico (factura) correspondiente al servicio de aserrío.
  12. Documentación que acredite la obtención legal de los especímenes, para determinar la trazabilidad y cadena de custodia, dependiendo del propósito de la transacción, la cual podrá consistir en:
    • Informes Trimestrales de Productos Forestales emitidos por en el SEINEF.
    • Detalles de Ingresos de Productos Forestales emitidos en el SEINEF.
    • Detalles de Egresos de Productos Forestales emitidos en el SEINEF.
    • Notas de Envío de Empresa Forestal emitidos en el SEINEF.
    • En el caso de exportaciones de productos forestales provenientes de bosque, plantaciones forestales, sistemas agroforestales o fuentes semilleras dentro de áreas protegidas, copia(s) de resolución emitida por el CONAP del Plan Operativo Anual (como referencia) de la Unidad de Manejo donde se extrajo el producto a exportar, así como copia(s) de la Licencia Forestal emitida por el CONAP (como referencia) que ampare el aprovechamiento del producto a exportar.
    • En el caso de exportaciones de productos forestales provenientes de bosques, plantaciones forestales, sistemas agroforestales o fuentes semilleras dentro de áreas protegidas, copias de Guías de transporte emitidas por las Direcciones Regionales o Subregionales del CONAP (como referencia), que respalden el traslado de los especímenes dentro del territorio nacional.
    • En el caso de exportaciones de productos forestales provenientes de bosque (incluyendo fuentes semilleras) fuera de áreas protegidas, copia(s) de resolución de Plan Operativo Anual emitida por el INAB donde se autoriza el Plan de Manejo Forestal de la Unidad de Manejo donde se extrajo el producto a exportar, así como copia(s) de resolución de Licencia Forestal emitida por el INAB que ampare dicho aprovechamiento y copia de la Constancia de Registro vigente de la fuente semillera (cuando aplique).
    • En el caso de exportaciones de madera proveniente de plantaciones forestales o sistemas agroforestales fuera de área protegidas, copia(s) de resolución de venta de Notas de Envío de Bosque Exentos de Licencia Forestal emitida por el INAB, así como copia de la Constancia de Registro vigente de la plantación forestal o sistema agroforestal.
    • En el caso de exportaciones de madera proveniente de bosque o plantaciones forestales fuera de áreas protegidas, copias de Notas de Envío de Bosque o Concesiones Forestales o de Notas de Envío de Bosque Exentos de Licencia Forestal emitidas por el INAB.
    • Copia de Licencia de colecta o aprovechamiento de vida silvestre emitida por el CONAP (como referencia), cuando aplique.
    • En caso de exportaciones con fines científicos, copia de Licencia de Investigación emitida por el CONAP (como referencia).
    • Cualquier otra documentación que, a criterio del CONAP, sea válida y contribuya a determinar la trazabilidad y la cadena de custodia de los especímenes.
  13. Comprobante de pago del Permiso de Exportación.

Costo del trámite:

Actividad: Permiso de Exportación Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, con código BANRURAL 441, pago de Q100.00 (por cada permiso) en Agencias BANRURAL.

Nota importante: Licencias de exportación vinculadas a una licencia de investigación de universidades nacionales (pública y privadas), están exentas del pago de este trámite.

B. Renovación o reposición de Permisos de Exportación de Flora y Fauna Silvestres

El formulario de solicitud deberá presentarse acompañado de la siguiente documentación:

  1. Formulario de solicitud establecido por el CONAP, debidamente completado.
  2. En caso de contar con el Permiso de Exportación de Flora y Fauna Silvestres original, presentar dicho documento para su digitalización en las oficinas del CONAP y su correspondiente anulación.
  3. Documentación que sustente la solicitud de renovación o reposición del Permiso de Exportación de Flora y Fauna Silvestres, según corresponda.
  4. Comprobante de pago de Permiso de Exportación de Flora y Fauna Silvestres.

Actividad: Permiso de Exportación Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, con código BANRURAL 441, pago de Q100.00 (por cada permiso) en Agencias BANRURAL.

Nota importante: Licencias de exportación vinculadas a una licencia de investigación de universidades nacionales (pública y privadas), están exentas del pago de este trámite.

Notas:
Las unidades académicas y de investigación de universidades, debidamente acreditadas, están exentas del pago de este trámite.

Normativa:
  • Artículos 64 y 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
  • Decreto No. 63-79 del Congreso de la República de Guatemala, Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, las Decisiones y Resoluciones de la Conferencia de las Partes.
  • Artículos 20, 24, 25, 26, 27, 30, 33, 34, 35, 36, 50, 51, 52, 53, 54, 69, 70, 75, 76, 78, 81 bis. y 82 de la Ley de Áreas Protegidas, Decreto No. 4-89 del Congreso de la República de Guatemala, y sus Reformas, Decretos No. 18-89, 110-96 y 111-97 del Congreso de la República de Guatemala.
  • Artículos 52, 59, 62, 63, 68, 69, 70, 71, 72, 73 y 74 del Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas, Acuerdo Gubernativo No. 759-90 del Presidente de la República.
  • Resolución 01-27-2013 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Manual de Procedimientos para el Comercio Internacional de Flora Maderable Incluida en los Apéndices II y III de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres -CITES-.
  • Resolución 03-26-2021 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, a través de la se acuerda aprobar la implementación del “Libro Tarifario” con la Categorización y Codificación de los Servicios Institucionales.
Pasos:
  1. Descargar el formulario digital para Permiso de Exportación de Flora y Fauna Silvestres (para flora maderable).
  2. Llenar el formulario digital a computadora.
  3. Subir el formulario digital en formato PDF en el formulario electrónico.
  4. Subir los documentos de requisitos en el formulario electrónico.
  5. Subir la boleta de pago en el formulario electrónico.

Tramite: Permiso de Exportación de Flora y Fauna Silvestres (para flora maderable)

Al finalizar el trámite se le enviara a su correo electrónico para descargar el Permiso de Exportación de Flora y Fauna Silvestres (para flora maderable)

Descargue el formulario, llénelo a computadora y vuélvalo a cargar con formato PDF

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Teléfonos y correos de contacto:

Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre -DMBVS-

Para resolver dudas puedes comunicarte al teléfono: 22997300 extensión 623 y 624 – correo electrónico: dmbvs@conap.gob.gt


            

            

                        
            
            
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