“Planes Generales de Manejo Forestal” o “Planes de Manejo Forestal”, “Proyectos de Establecimiento de Sistemas Agroforestales, Plantaciones Forestales o Reforestación” y “Planes Operativos Anuales Forestales” en Áreas Protegidas
Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre
Descripción:
Son procedimientos administrativos mediante los cuales el Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP) evalúa, aprueba, actualiza o modifica los instrumentos técnicos de planes de manejo forestal que regulan el aprovechamiento, manejo, establecimiento y uso racional de los recursos forestales dentro las áreas protegidas.
Estos procedimientos aplican a la aprobación de Planes Generales de Manejo Forestal o Planes de Manejo Forestal, así como Proyectos de Establecimiento de Sistemas Agroforestales, Plantaciones Forestales o Reforestación, y a la aprobación de Planes Operativos Anuales Forestal (POAF), cuando corresponda.
Los instrumentos técnicos que se atienden mediante este trámite tienen por objeto regular el manejo forestal sostenible, definir los objetivos de manejo, las intervenciones silviculturales, los límites de aprovechamiento, las medidas de protección ambiental y, en su caso, la volumetría autorizada, de conformidad con la normativa aplicable a las áreas protegidas.
Como resultado de la aprobación de los Planes Operativos Anuales Forestales, el CONAP emite la Licencia de Aprovechamiento y Comercialización de Productos de Flora Silvestre Maderablle dentro de Áreas Protegidas, cuando se trate de aprovechamientos de flora maderable, conforme a los volúmenes, períodos y condiciones técnicas autorizadas.
Este trámite es aplicable, entre otros, a solicitudes relacionadas con:
- Planes de manejo de bosque natural.
- Planes de saneamiento y/o salvamento.
- Planes de extracción y recuperación por cambio de uso de la tierra.
- Proyectos de establecimiento y/o planes de aprovechamiento forestal en sistemas agroforestales.
- Proyectos de establecimiento y/o planes de manejo de plantaciones forestales.
- Proyectos de reforestación.
- Planes de manejo de fuentes semilleras; y
- Planes de manejo vinculados a los programas de incentivos forestales
Siempre que dichas actividades se desarrollen dentro de áreas protegidas y cumplan con la normativa vigente.
Requisitos y Costo del trámite:
A. Plan General de Manejo Forestal (PGMF), Plan de Manejo Forestal (PMF) o Proyectos de Establecimiento de Sistemas Agroforestales (SAF), Plantaciones Forestales (PF) o Reforestación (REF) en Áreas Protegidas
1. Solicitud de aprobación de PGMF, PMF o Proyectos Forestales (SAF, PF o REF)
Para la aprobación del PGMF, PMF, así como del proyecto forestal correspondiente, se deberá presentar la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud establecido por el CONAP.
- Documentación vigente que acredite la calidad con la que actúa el solicitante.
- Documentación que acredite los derechos del bien inmueble que es objeto de la solicitud.
- PGMF, PMF o Proyecto que corresponda, elaborado por regente forestal debidamente registrado ante el CONAP, con la categoría y especialidad que corresponda al tipo de plan solicitado.
- Archivos electrónicos del PGMF, PMF o proyecto correspondiente en formato .xlsx y archivos cartográficos en formato shapefile.
- Instrumento ambiental, de conformidad con la categoría del proyecto o actividad, cuando así lo establezca la normativa ambiental aplicable.
Consideraciones:
- De conformidad con el Acuerdo Gubernativo Número 148-2024, que reforma el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental (Acuerdo Gubernativo Número 137-2016), cuando el tipo de plan o proyecto así lo requiera, la suscripción al contrato de cumplimiento de plan de manejo forestal y medidas de mitigación, entre el titular del plan, el regente y el CONAP, deberá realizarse antes de que el expediente ingrese al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), siempre que el proyecto se ubique dentro del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas (SIGAP).
- Una vez el MARN emita la resolución y/o licencia ambiental, el solicitante deberá presentarla ante el CONAP.
- El regente forestal deberá contar con la categoría, especialidad y registro vigente ante el CONAP que corresponda al tipo de plan o proyecto solicitado, incluyendo, cuando aplique, especialidades para fuentes semilleras o estudios de capacidad de uso de la tierra.
- Se exceptúa la participación de regente forestal en áreas protegidas para los proyectos de reforestación y/o establecimiento de sistemas agroforestales con una superficie menor a cinco (5) hectáreas, conforme a la normativa vigente.
- De conformidad con el Manual de Parámetros y Lineamientos Técnicos para la Inscripción de Plantaciones Voluntarias y Sistemas Agroforestales ante el Registro Nacional Forestal del Instituto Nacional de Bosques (INAB), cuando los sistemas agroforestales, plantaciones forestales y proyectos de reforestación se localicen dentro de áreas protegidas administradas por el Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP), el interesado deberá contar previamente con la autorización (aval) emitida por el CONAP, formalizada mediante resolución administrativa y su respectivo registro ante CONAP, como requisito indispensable para su posterior inscripción ante el Registro Nacional Forestal del INAB.
TARIFAS:
2. Solicitud de aprobación de ampliación de volumen del POAF y emisión de Licencia
Para la aprobación de la actualización o modificación del PGMF, PMF o Proyectos Forestales (SAF, PF o REF), se deberá presentar la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud establecido por el CONAP.
- Documentación que acredite la calidad con la que actúa el solicitante.
- Informe técnico con las justificaciones que sustentan la solicitud de aprobación de actualización o modificación del plan o proyecto, elaborado por regente forestal debidamente registrado ante el CONAP, con la categoría y especialidad que corresponda al tipo de plan o proyecto solicitado.
- PGMF, PMF o Proyecto que corresponda, elaborado por regente forestal debidamente registrado ante el CONAP, con la categoría y especialidad que corresponda al tipo de plan o proyecto solicitado.
- Archivos electrónicos del PGMF, PMF o proyecto correspondiente en formato .xlsx y archivos cartográficos en formato shapefile, cuando la actualización del plan o proyecto implique cambios en la información técnica, operativa o cartográfica.
CONSIDERACIONES:
- Para la ejecución de la actualización o modificación del plan o proyecto aprobado, deberán realizarse previamente las adendas o modificaciones correspondientes al contrato de cumplimiento, y posteriormente suscribirse el contrato respectivo entre el titular del plan o proyecto, el regente forestal y el CONAP.
TARIFAS:
| No. | Código | Actividad | Tarifa | Unidad |
|---|---|---|---|---|
| 01 | 12811 | Valor de la madera en pie Región Petén Conífera – Pinus spp – Troza | Q 83.00 | Metro cúbico |
| 02 | 12812 | Valor de la madera en pie Región Petén Conífera – Pinus spp – Trocilla | Q 60.00 | Metro cúbico |
| 03 | 12813 | Valor de la madera en pie Región Petén Conífera – Pinus spp – Leña | Q 7.00 | Metro cúbico |
| 04 | 12833 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Quercus, Alnus y otras asociadas a conífera – Leña | Q 7.00 | Metro cúbico |
| 05 | 12841 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Preciosas – Troza | Q 860.00 | Metro cúbico |
| 06 | 12842 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Preciosas – Trocilla | Q 60.00 | Metro cúbico |
| 07 | 12843 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Preciosas – Leña | Q 3.00 | Metro cúbico |
| 08 | 12851 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Semipreciosas – Troza | Q 293.00 | Metro cúbico |
| 09 | 12852 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Semipreciosas – Trocilla | Q 60.00 | Metro cúbico |
| 10 | 12853 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Semipreciosas – Leña | Q 3.00 | Metro cúbico |
| 11 | 12861 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Secundarias – Troza | Q 96.00 | Metro cúbico |
| 12 | 12862 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Secundarias – Trocilla | Q 60.00 | Metro cúbico |
| 13 | 12863 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Secundarias – Leña | Q 3.00 | Metro cúbico |
| 14 | 391 | Emisión de licencia de aprovechamiento y comercialización de productos de flora silvestre maderable dentro de AP | Q 25.00 | Documento |
B. Plan Operativo Anual Forestal (POAF) y Licencia de Aprovechamiento y Comercialización de Productos de Flora Silvestre Maderable dentro de Áreas Protegidas
1. Solicitud de aprobación de POAF y emisión de Licencia
Para la aprobación del POAF y la emisión de la licencia correspondiente, se deberá presentar la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud establecido por el CONAP.
- Documentación vigente que acredite la calidad con la que actúa el solicitante.
- POAF, elaborado por regente forestal debidamente registrado ante el CONAP, con la categoría y especialidad que corresponda al tipo de plan solicitado.
- Archivos electrónicos del POAF en formato .xlsx y archivos cartográficos en formato shapefile.
- Documento de garantía de cumplimiento del compromiso de recuperación forestal, cuando aplique.
CONSIDERACIONES:
- Para la aprobación del POAF y la emisión de la licencia, la resolución y/o licencia ambiental emitida por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) deberá encontrarse vigente.
- El regente forestal deberá contar con la categoría, especialidad y registro vigente ante el CONAP que corresponda al tipo de plan solicitado, incluyendo, cuando aplique, especialidades para fuentes semilleras o estudios de capacidad de uso de la tierra.
- En el caso de Concesiones Forestales Comunitarias, previo a la emisión de la licencia, deberá presentarse el comprobante del pago anual por derechos concesionarios, por hectárea, conforme a lo establecido en el contrato de la concesión.
- Una vez aprobado el POAF, deberá presentarse los comprobantes de pago por el valor de la madera en pie (10% del valor reflejado en la tarifa vigente). El pago del valor de la madera en pie aplica exclusivamente a los aprovechamientos forestales realizados en bosque.
- En el caso de sistemas agroforestales, no aplica el pago por valor de la madera en pie, debiendo cumplirse únicamente con el pago administrativo para el permiso por manejo de sistemas agroforestales por hectárea.
- Una vez aprobado el POAF, deberá presentarse el comprobante de pago por la emisión de licencia de aprovechamiento y comercialización de productos de flora silvestre maderable dentro de AP.
- En el caso de que el prendimiento de los enriquecimientos en las áreas afectadas por el aprovechamiento no haya sido efectivo durante la ejecución del Plan Operativo Anual anterior, deberá presentar la prórroga del documento de garantía de cumplimiento.
- Si un POA no puede ser ejecutado en su año asignado, se podrá ejecutar de manera conjunta con el siguiente POA, siempre y cuando no se sobrepase la cantidad de dos (2) POA activos. Adicionalmente, deberá ejecutarse primero el POA atrasado, y una vez finalizadas las actividades de transporte, se emitirá la licencia para continuar con el POA correspondiente al año actual.
TARIFAS:
Costo del Trámite: Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, posteriormente de los códigos BANRURAL siguientes:
| No. | Código | Actividad | Tarifa | Unidad |
|---|---|---|---|---|
| 01 | 12811 | Valor de la madera en pie Región Petén Conífera – Pinus spp – Troza | Q 83.00 | Metro cúbico |
| 02 | 12812 | Valor de la madera en pie Región Petén Conífera – Pinus spp – Trocilla | Q 60.00 | Metro cúbico |
| 03 | 12813 | Valor de la madera en pie Región Petén Conífera – Pinus spp – Leña | Q 7.00 | Metro cúbico |
| 04 | 12833 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Quercus, Alnus y otras asociadas a conífera – Leña | Q 7.00 | Metro cúbico |
| 05 | 12841 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Preciosas – Troza | Q 860.00 | Metro cúbico |
| 06 | 12842 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Preciosas – Trocilla | Q 60.00 | Metro cúbico |
| 07 | 12843 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Preciosas – Leña | Q 3.00 | Metro cúbico |
| 08 | 12851 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Semipreciosas – Troza | Q 293.00 | Metro cúbico |
| 09 | 12852 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Semipreciosas – Trocilla | Q 60.00 | Metro cúbico |
| 10 | 12853 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Semipreciosas – Leña | Q 3.00 | Metro cúbico |
| 11 | 12861 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Secundarias – Troza | Q 96.00 | Metro cúbico |
| 12 | 12862 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Secundarias – Trocilla | Q 60.00 | Metro cúbico |
| 13 | 12863 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Secundarias – Leña | Q 3.00 | Metro cúbico |
| 14 | 391 | Emisión de licencia de aprovechamiento y comercialización de productos de flora silvestre maderable dentro de AP | Q 25.00 | Documento |
| 15 | 131 | Para el pago anual por derechos concesionarios | De acuerdo al contrato | Hectárea |
| 16 | 393 | Permiso por Manejo de Sistemas Agroforestales | Q 50.00 | Hectárea |
2. Solicitud de aprobación de ampliación de volumen del POAF y emisión de Licencia
Para la aprobación de la ampliación de volumen del POAF y la emisión de la licencia correspondiente, se deberá presentar la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud establecido por el CONAP.
- Documentación vigente que acredite la calidad con la que actúa el solicitante.
- Informe técnico que sustente la solicitud de ampliación de volumen, en el que se justifique la ampliación solicitada, elaborado por regente forestal debidamente registrado ante el CONAP, con la categoría y especialidad que corresponda al tipo de plan solicitado.
- Informe de avances de transporte de productos, elaborado por regente forestal debidamente registrado ante el CONAP, con la categoría y especialidad que corresponda al tipo de plan solicitado.
- Informe de avances en la ejecución del POAF, elaborado por regente forestal debidamente registrado ante el CONAP, con la categoría y especialidad que corresponda al tipo de plan solicitado.
- POAF actualizado que incorpore la ampliación solicitada, elaborado por regente forestal debidamente registrado ante el CONAP, con la categoría y especialidad que corresponda al tipo de plan solicitado.
- Archivos electrónicos del POAF en formato .xlsx y archivos cartográficos en formato shapefile, cuando la actualización del POAF implique modificaciones en la información técnica o cartográfica.
CONSIDERACIONES:
- Una vez aprobada la ampliación de volumen del POAF, deberán presentarse los comprobantes de pago por el valor de la madera en pie (10% del valor reflejado en la tarifa vigente).
- Una vez aprobada la ampliación, deberá presentarse el comprobante de pago por la emisión de licencia de aprovechamiento y comercialización de productos de flora silvestre maderable dentro de AP.
TARIFAS:
Costo del Trámite: Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, posteriormente de los códigos BANRURAL siguientes:
| No. | Código | Actividad | Tarifa | Unidad |
|---|---|---|---|---|
| 01 | 12811 | Valor de la madera en pie Región Petén Conífera – Pinus spp – Troza | Q 83.00 | Metro cúbico |
| 02 | 12812 | Valor de la madera en pie Región Petén Conífera – Pinus spp – Trocilla | Q 60.00 | Metro cúbico |
| 03 | 12813 | Valor de la madera en pie Región Petén Conífera – Pinus spp – Leña | Q 7.00 | Metro cúbico |
| 04 | 12833 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Quercus, Alnus y otras asociadas a conífera – Leña | Q 7.00 | Metro cúbico |
| 05 | 12841 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Preciosas – Troza | Q 860.00 | Metro cúbico |
| 06 | 12842 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Preciosas – Trocilla | Q 60.00 | Metro cúbico |
| 07 | 12843 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Preciosas – Leña | Q 3.00 | Metro cúbico |
| 08 | 12851 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Semipreciosas – Troza | Q 293.00 | Metro cúbico |
| 09 | 12852 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Semipreciosas – Trocilla | Q 60.00 | Metro cúbico |
| 10 | 12853 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Semipreciosas – Leña | Q 3.00 | Metro cúbico |
| 11 | 12861 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Secundarias – Troza | Q 96.00 | Metro cúbico |
| 12 | 12862 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Secundarias – Trocilla | Q 60.00 | Metro cúbico |
| 13 | 12863 | Valor de la madera en pie Región Petén Latifoliada – Secundarias – Leña | Q 3.00 | Metro cúbico |
| 14 | 391 | Emisión de licencia de aprovechamiento y comercialización de productos de flora silvestre maderable dentro de AP | Q 25.00 | Documento |
3. Solicitud de aprobación de prórroga de tiempo del POAF y emisión de Licencia
Para la aprobación de prórroga de tiempo del POAF y la emisión de la licencia correspondiente, se deberá de presentar la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud establecido por el CONAP.
- Documentación vigente que acredite la calidad con la que actúa el solicitante.
- Informe técnico que sustente la solicitud de prórroga de tiempo, en el que se justifique las causas que impidieron la ejecución del POAF dentro del plazo originalmente autorizado, elaborado por regente forestal debidamente registrado ante el CONAP, con la categoría y especialidad que corresponda al tipo de plan solicitado.
- Informe de avances de transporte de productos, elaborado por regente forestal debidamente registrado ante el CONAP, con la categoría y especialidad que corresponda al tipo de plan solicitado.
- Informe de avances en la ejecución, elaborado por regente forestal debidamente registrado ante el CONAP, con la categoría y especialidad que corresponda al tipo de plan solicitado.
- POAF actualizado que incorpore la prórroga solicitada, elaborado por regente forestal debidamente registrado ante el CONAP, con la categoría y especialidad que corresponda al tipo de plan solicitado.
- Archivos electrónicos del POAF en formato .xlsx y archivos cartográficos en formato shapefile, cuando la actualización del POAF implique modificaciones en la información técnica o cartográfica.
- Prórroga de la póliza de fianza.
CONSIDERACIONES:
- Si un POA no puede ser ejecutado en su año asignado, podrá ejecutarse de manera conjunta con el POA del año siguiente, siempre que no se sobrepase la cantidad de dos (2) POA activos. En este sentido, deberá ejecutarse primero el POA atrasado y, una vez finalizadas las actividades de transporte, se emitirá la licencia para continuar con el POA correspondiente al año actual.
- Una vez aprobada la prórroga, deberá presentarse el comprobante de pago por la emisión de licencia de aprovechamiento y comercialización de productos de flora silvestre maderable dentro de AP.
TARIFAS:
Costo del Trámite: Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, posteriormente de los códigos BANRURAL siguientes:
| No. | Código | Actividad | Tarifa | Unidad |
|---|---|---|---|---|
| 1 | 391 | Emisión de licencia de aprovechamiento y comercialización de productos de flora silvestre maderable dentro de AP | Q 25.00 | Documento |
Normativa:
- Artículos 64 y 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
- Artículos 1, 2, 5, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 33, 34, 35, 52, 55, 59, 62, 69, 70, 75, 76, 78, 81, 81 bis, 82, 84 y 85 de la Ley de Áreas Protegidas, Decreto No. 4-89 del Congreso de la República de Guatemala, y sus Reformas, Decretos No. 18-89, 110-96 y 111-97 del Congreso de la República de Guatemala.
- Artículos 7, 8, 27 al 38, 44, 47 al 51, 66, 67, 89, 90, 92, 95, 97 y 98 del Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas, Acuerdo Gubernativo No. 759-90 del Presidente de la República.
- Resolución 07-21-2011 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas.
- Planes Maestros aprobados por el Consejo Nacional de Áreas Protegidas.
- Resolución 03-26-2021 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, a través de la se acuerda aprobar la implementación del “Libro Tarifario” con la Categorización y Codificación de los Servicios Institucionales.
Pasos:
- Descargue el formulario que corresponda.
- Llene el formulario en computadora.
- Suba el formulario digital al formulario electrónico.
- Suba los documentos solicitados al formulario electrónico.
- Suba el documento de pago al formulario electrónico.
Tramite: Planes de Manejo y Planes operativos Anuales en Conseciones Forestales en la Reserva de la Biosfera Maya.
Al finalizar el trámite se le enviara a su correo electrónico un link para descargar la constancia de Solicitud de planes de manejo operativo.
Descargue el formulario, llénelo a computadora o a mano y vuélvalo a cargar con formato PDF
Teléfonos y correo de contacto:
Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre -DMBVS-
Para resolver dudas puedes comunicarte al teléfono: 22997300 extensión 623 y 624 – correo electrónico: dmbvs@conap.gob.gt
