
Licencia de Colecta o Aprovechamiento de Vida Silvestre con Fines Comerciales
Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre
Descripción:
La Licencia de Colecta o Aprovechamiento de Vida Silvestre es el documento administrativo emitido por el CONAP, mediante el cual se autoriza a personas individuales o jurídicas a realizar la colecta y aprovechamiento de especímenes de vida silvestre provenientes del medio silvestre, con fines comerciales, conforme a un plan de manejo aprobado y bajo las condiciones, volúmenes/cantidades, períodos y áreas establecidas, garantizando la sostenibilidad del recurso, la trazabilidad del aprovechamiento y el cumplimiento de la normativa.
Requisitos y Costos del trámite:
A. Solicitud de Licencia de Colecta o Aprovechamiento de Vida Silvestre con fines comerciales
Para la solicitud de la Licencia de Colecta o Aprovechamiento de Vida Silvestre con fines comerciales, deberá presentarse la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud establecido por el CONAP, debidamente completado.
- Copia del Documento Personal de Identificación del solicitante o representante legal.
- En caso de representación legal, presentar documentación que acredite la representación legal como mandato u otro documento legalmente válido.
- Documentación que acredite los derechos del bien inmueble donde se realizará la colecta o aprovechamiento de vida silvestre.
- Cuando la colecta o aprovechamiento de vida silvestre pretenda establecerse dentro de áreas protegidas, se deberá presentar el instrumento ambiental correspondiente, así como la documentación emitida por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales MARN que autorice la ejecución del proyecto, obra, industria o actividad.
- Plan de manejo, elaborado por un técnico profesional inscrito y autorizado ante el CONAP, que describa los métodos, procedimientos y medidas técnicas para el aprovechamiento sostenible de la especie solicitada, según la especie y modalidad de aprovechamiento (por ejemplo: Pimienta Gorda, Ramón, Chicle, Xate). El aprovechamiento de especies navideñas se encuentra exento de este requisito, para las cuales se aplicará el procedimiento correspondiente.
- Presentar los archivos electrónicos utilizados para la elaboración del plan de manejo, em formato .xlsx, así como los archivos cartográficos en formato shapefile, cuando aplique.
Costo del trámite:
Nota importante: Para Licencia de Colecta o Aprovechamiento de Vida Silvestre (con fines comerciales). No tiene tarifa.
Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, posteriormente de los códigos BANRURAL
| Código Banrural | ACTIVIDAD | Unidad | Precio |
|---|---|---|---|
| 111 | Aprovechamiento de vida silvestre Bejucos | Quintal | Q. 10.00 |
| 112 | Aprovechamiento de vida silvestre Calaguala | Quintal | Q. 5.00 |
| 114 | Aprovechamiento de vida silvestre Fruto de pimienta (fruto seco) | Quintal | Q. 15.00 |
| 115 | Aprovechamiento de vida silvestre Fruto de pimienta (fruto verde) | Quintal | Q. 5.00 |
| 116 | Aprovechamiento de vida silvestre Guano | Hoja | Q. 0.10 |
| 117 | Aprovechamiento de vida silvestre Musgos (Briófitas) | Quintal | Q. 10.00 |
| 118 | Aprovechamiento de vida silvestre Pashte (Tillandsia usneoides) | Quintal | Q. 10.00 |
| 119 | Aprovechamiento de vida silvestre Pata de Gallo (Tillandsia guatemalensis) | Planta | Q. 0.05 |
| 1111 | Aprovechamiento de vida silvestre Pita Floja | Libra | Q. 1.00 |
| 1112 | Aprovechamiento de vida silvestre Ramón (semilla relación 3:1 verde-seco) | Quintal | Q. 10.00 |
| 1113 | Aprovechamiento de vida silvestre Resina de Copal | Libra | Q. 0.05 |
| 11141 | Aprovechamiento de vida silvestre Xate Chamaedorea elegans | Hoja | Q. 0.0014 |
| 11142 | Aprovechamiento de vida silvestre Xate Chamaedorea ernesti-augusti | Hoja | Q. 0.01 |
| 11143 | Aprovechamiento de vida silvestre Xate Chamaedorea oblongata | Hoja | Q. 0.0020 |
| 1115 | Aprovechamiento de vida silvestre Xate semilla | Libra | Q. 25.00 |
Nota:
- Para el caso de especies navideñas (briófitas, Tillandsia Usneoides y Tillandsia guatemalensis), la colecta y transporte con fines comerciales únicamente podrán realizarse durante el periodo comprendido entre el 20 de noviembre al veinte 20 de diciembre del año correspondiente.
Normativa:
- Artículos 64 y 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
- Artículos 1, 23, 24, 27, 33, 35, 38, 52, 62, 76, de la Ley de Áreas Protegidas, Decreto No. 4-89 del Congreso de la República de Guatemala, y sus reformas.
- Ley Para Promover y Fortalecer la Actividad Chiclera, Decreto No. 23-2024 del Congreso de la República de Guatemala,
- Artículos 47, 50 del Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas, Acuerdo Gubernativo No. 759-90.
- Resolución Sc. No. 06/2008 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Manual de Procedimientos del Departamento de Vida Silvestre.
- Resolución No. 03-21-2018 de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Normativo Para el Registro de Pequeños Productores de Pimienta Gorda (Pimenta dioica) con Condición Comercial.
- Resolución 03-24-2025 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Cupos de Aprovechamiento de Especies Navideñas, periodo 2025-2029.
- Resolución 03-26-2021 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, a través de la se acuerda aprobar la implementación del “Libro Tarifario” con la Categorización y Codificación de los Servicios Institucionales.
Pasos:
- Descargue el formulario que corresponda.
- Llene el formulario en computadora.
- Suba el formulario digital al formulario electrónico.
- Suba los documentos solicitados al formulario electrónico.
- Suba el documento de pago al formulario electrónico.
Tramite: Marchamos para productos y subproductos de abetos.
Al finalizar el trámite se le enviara a su correo electrónico para descargar la Licencia de Colecta o Aprovechamiento de Vida Silvestre con Fines Comerciales.
Descargue el formulario, llénelo a computadora o a mano y vuélvalo a cargar con formato PDF
Teléfonos y correo de contacto:
Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre -DMBVS-
Para resolver dudas puedes comunicarte al teléfono: 22997300 extensión 623 y 624 – correo electrónico: dmbvs@conap.gob.gt
