
Guía de Transporte de Vida Silvestre (para transportes vinculados a licencias de investigación)
Dirección de Valoración y Conservación de Diversidad Biológica (investigaciones nacionales) / Direcciones Regionales (investigaciones regionales)
Descripción:
Documento oficial que acredita el origen legal de especímenes, partes o derivados de la vida silvestre y autoriza su transporte dentro del territorio nacional, incluyendo el traslado de cargamentos destinados a exportación, importación o reexportación.
Requisitos y Costos del trámite:
A. Solicitud de Guía de Transporte de Vida Silvestre
Para solicitar la emisión de Guías de Transporte deberá presentar la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud establecido por el CONAP, debidamente completado.
- Comprobante de pago de Guía de Transporte de Vida Silvestre, cuando aplique.
Costos del trámite:
Actividad: Guía de Transporte de Vida Silvestre, Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, con código BANRURAL 433 pago Q25.00 por documento en Agencias BANRURAL
B. Reposición o renovación de Guía de Transporte de Vida Silvestre
- Formulario de solicitud establecido por el CONAP, debidamente completado.
- Guía(s) de Transporte original(es) para su anulación.
- En caso de que un vehículo sufra desperfectos mecánicos o accidentes, presentar un informe simple con fecha, hora, lugar y descripción del problema.
- Comprobante de pago de Guía de Transporte de Vida Silvestre, cuando aplique.
Costos del trámite:
Actividad: Guía de Transporte de Vida Silvestre, Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, con código BANRURAL 433 pago Q25.00 por documento en Agencias BANRURAL
Notas:
– Las investigaciones aprobadas a universidades nacionales (públicas y privadas) están exentas del pago de este trámite.
Normativa:
- Artículos 64 y 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
- Artículos 1, 2, 5, 23, 24, 25, 26, 27, 30, 33, 34, 35, 51, 52, 62, 69, 70, 78, 81 bis., 82, 84 y 85 de la Ley de Áreas Protegidas, Decreto No. 4-89 del Congreso de la República de Guatemala, y sus Reformas, Decretos No. 18-89, 110-96 y 111-97 del Congreso de la República de Guatemala.
- Artículos 66, 67, 89, 90, 92, 95, 97 y 98 del Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas, Acuerdo Gubernativo No. 759-90 del Presidente de la República.
- Resolución Sc. No. 06/2008 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Manual de Procedimientos del Departamento de Vida Silvestre.
- Normativo de investigaciones e investigadores de la Diversidad Biológica. Resolución 03-25-2019 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas. Acuerdo Interno No. 49/2020 de la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Áreas Protegidas.
- Resolución 03-26-2021 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, a través de la se acuerda aprobar la implementación del “Libro Tarifario” con la Categorización y Codificación de los Servicios Institucionales.
Pasos:
- Descargar el formulario digital para Guía de Transporte de Vida Silvestre (para transportes vinculados a licencias de investigación).
- Llenar el formulario digital a computadora.
- Subir el formulario digital en formato PDF en el formulario electrónico.
- Subir los documentos de requisitos en el formulario electrónico.
- Subir la boleta de pago en el formulario electrónico.
Tramite: Guía de Transporte de Vida Silvestre Maderable (plantaciones forestales o sistemas agroforestales)
Al finalizar el trámite se le enviara a su correo electrónico para descargar la Guía de Transporte de Vida Silvestre (para transportes vinculados a licencias de investigación)
Descargue el formulario, llénelo a computadora y vuélvalo a cargar con formato PDF
Teléfonos y correos de contacto:
Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre -DMBVS-
Para resolver dudas puedes comunicarte al teléfono: 22997300 extensión 623 y 624 – correo electrónico: dmbvs@conap.gob.gt
