Trámite No. 06

Solicitud de registro para personas individuales o jurídicas que se dedican a la reproducción de la vida silvestre

Direccones Regionales y Subregionales

Descripción:

Registro administrativo a cargo del Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP), mediante el cual se inscriben las personas individuales o jurídicas que se dedican a la reproducción de la flora y fauna silvestres bajo condiciones controladas o semi controladas, conforme un plan de manejo aprobado y bajo la responsabilidad de un regente autorizado. Este registro tiene como finalidad regular, controlar y dar seguimiento a las actividades de reproducción de vida silvestre, contribuyendo a la conservación ex situ, al manejo sostenible y, cuando aplique a la comercialización, garantizando la trazabilidad, el origen legal de los especímenes y el cumplimiento de la normativa vigente.

Documentos Obligatorios y Costo del trámite:
A. Requisito para: Inscripción de Registro para Personas Individuales o Juridicas que se dedican a la Reproducción de la Vida Silvestre:
  1. Formulario de solicitud del CONAP.
  2. Documentación que acredite la calidad con la que actúa el solicitante.
  3. Documentación que acredite la titularidad, posesión o tenencia de la tierra donde se ubican las instalaciones.
  4. Documentación que acredite la obtención legal de los especímenes.
  5. Plan de manejo conforme al formato del CONAP, según el tipo de reproductora.
  6. Comprobante de pago (a excepción de entidades públicas).

El plan de manejo debe ser elaborado por un regente debidamente inscrito ante el CONAP; el regente se asigna en el formulario de solicitud.

Notas para casos particulares:

  • Si es entidad pública: no aplica el comprobante de pago.
B. Requisito para: Actualización del plan de manejo de Registro para Personas Individuales o Juridicas que se dedican a la Reproducción de la Vida Silvestre:
  1. Formulario de solicitud del CONAP.
  2. Documentación que acredite la calidad con la que actúa el solicitante.
  3. Documentación que acredite la titularidad, posesión o tenencia de la tierra donde se ubican las instalaciones.
  4. Documentación que acredite la obtención legal de los especímenes.
  5. Plan de manejo conforme al formato del CONAP, según el tipo de reproductora.
  6. Comprobante de pago (a excepción de entidades públicas).
C. Requisito para: Actualización de datos de Registro para Personas Individuales o Jurídicas que se dedican a la Reproducción de la Vida Silvestre:
  1. Formulario del CONAP, adjuntando únicamente los documentos que ameriten.

Costos del Tramite

Nota importante: Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: ATX 249, Empresa 706, Transacción 1, en Agencias BANRURAL.

No.Descripción de tarifaTarifaCódigo
BANRURAL
1Inscripción de reproductora de especies de fauna silvestre. El pago no aplica para entidades públicas.Q1,000.00711
2Renovación de licencia de reproductora de especies de fauna silvestre. El pago no aplica para entidades públicas.Q1,000.00721
3Inscripción de reproductora de especies de flora silvestre no maderable. El pago no aplica para entidades públicas.Q1,000.00811
4Renovación de licencia de reproductora de especies de flora silvestre no maderable. El pago no aplica para entidades públicas.Q1,000.00812
5Inscripción de vivero forestal de especies silvestres en áreas protegidas.Q150.00911
6Renovación de licencia para vivero forestal de especies silvestres en áreas protegidas.Q150.00921
7Inscripción de reproductora de especies de fauna exógena o exótica. El pago no aplica para entidades públicas.Q1,000.001011
8Renovación de licencia para reproductora de especies de fauna exógena o exótica. El pago no aplica para entidades públicas.Q1,000.001021
9Inscripción de reproductora de especies de flora exógena o exótica. El pago no aplica para entidades públicas.Q1,000.001111
10Renovación de licencia para reproductora de especies de flora exógena o exótica. El pago no aplica para entidades públicas.Q1,000.001121

Notas:

La información contenida en el Plan de Manejo se desarrollará conforme al tipo de reproductora y a los especímenes manejados, incorporando medidas adicionales cuando se trate de fauna silvestre.

En caso de que el objetivo de la reproductora sea la comercialización de especímenes de flora y/o fauna silvestre, el titular deberá presentar ante el CONAP la solicitud correspondiente para su inscripción en el registro de comercializadores.

Normativa:
  • Artículos 64 y 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
  • Decreto No. 63-79 del Congreso de la República de Guatemala, Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, las Decisiones y Resoluciones de la Conferencia de las Partes.
  • Decreto No. 23-2024 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Para Promover y Fortalecer la Actividad Chiclera.
  • Artículos 24, 25, 26, 27, 30, 33, 34, 35, 52, 53, 54, 75, 76, 78, 81, 81 Bis y 82 de la Ley de Áreas Protegidas, Decreto No. 4-89 del Congreso de la República de Guatemala, y sus reformas.
  • Artículos 59, 62, 63, 64, 65, 68, 69, 70, 71, 95 del Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas, Acuerdo Gubernativo No. 759-90.
  • Resolución No. ALC/033-99 de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Reglamento Sobre Granjas de Reproducción de Fauna Silvestre.
  • Resolución No. 03-21-2018 de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Normativo Para el Registro de Pequeños Productores de Pimienta Gorda (Pimenta dioica) con Condición Comercial.
  • Resolución Sc. No. 06/2008 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Manual de Procedimientos del Departamento de Vida Silvestre.
  • Resolución 03-26-2021 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, a través de la se acuerda aprobar la implementación del “Libro Tarifario” con la Categorización y Codificación de los Servicios Institucionales.
Pasos:
  1. Descargue el formulario digital.
  2. Llene el formulario en computadora.
  3. Suba el formulario digital al formulario electrónico.
  4. Suba los documentos solicitados al formulario electrónico.
  5. Suba el documento de pago al formulario electrónico

Al finalizar el trámite se le enviara a su correo electrónico un link para descargar el Registro para personas individuales o jurídicas que se dedican a la reproducción de la vida silvestre

Descargue el formulario, llénelo a computadora o a mano y vuélvalo a cargar con formato PDF

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Teléfonos y correo de contacto:

Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre -DMBVS-

Para resolver dudas puedes comunicarte al teléfono: 22997300 extensión 623 y 624 – correo electrónico: [email protected]


            

            

                        
            
            
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