
Solicitud de registro para personas individuales o jurídicas que se dedican a la reproducción de la vida silvestre
Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre
Descripción:
Registro administrativo a cargo del Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP), mediante el cual se inscriben las personas individuales o jurídicas que se dedican a la reproducción de la flora y fauna silvestres bajo condiciones controladas o semi controladas, conforme un plan de manejo aprobado y bajo la responsabilidad de un regente autorizado. Este registro tiene como finalidad regular, controlar y dar seguimiento a las actividades de reproducción de vida silvestre, contribuyendo a la conservación ex situ, al manejo sostenible y, cuando aplique a la comercialización, garantizando la trazabilidad, el origen legal de los especímenes y el cumplimiento de la normativa vigente.
Documentos Obligatorios y Costo del trámite:
A. Requisito para: Inscripción de Registro para Personas Individuales o Juridicas que se dedican a la Reproducción de la Vida Silvestre:
- Formulario de solicitud establecido por el CONAP, debidamente completado.
- Copia del Documento Personal de Identificación del solicitante o representante legal.
- En caso de representación legal, presentar documentación que acredite la representación legal como mandato u otro documento legalmente válido.
- Documentación que acredite los derechos del bien inmueble de las instalaciones donde se ubicará la reproductora.
- En el caso de personas jurídicas, copia del testimonio de la escritura constitutiva y copia del acta notarial en que conste el nombramiento vigente del representante legal, así como la razón de inscripción en el registro correspondiente. En el caso de entidades científicas, presentar nombramiento de la persona encargada de la reproductora.
- Copia de Patente de Comercio, cuando aplique.
- Copia del último balance general de la empresa, cuando se trate de personas jurídicas, a efecto de respaldar la capacidad operativa y financiera de la reproductora.
- Plan de manejo elaborado por regente autorizado y registrado. El plan de manejo deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
- Objetivos de la reproducción.
- Especie(s) a reproducir, detallando nombre científico, nombre común, origen, sexo (para fauna) y cantidad propuesta para pie de cría o plantel parental, según corresponda.
- Indicación del origen del pie de cría o plantel parental, según corresponda, especificando si provendrá del medio silvestre, reproducido, centro de rescate u otro.
- Métodos y técnicas de manejo a desarrollar (reproductivas, nutricionales, profilaxis y salubridad;
- Descripción del tipo de instalaciones o infraestructura.
- Plano o croquis de ubicación de las instalaciones o infraestructura, identificando la localización del inmueble y la distribución general de las áreas destinadas a la actividad reproductiva, incluyendo la indicación del tiempo previsto de funcionamiento.
- Listado de personal profesional y técnico de la reproductora, indicando el nivel académico, funciones que desempeñará cada uno y adjuntando copias del DPI.
- Cronograma de actividades.
- Tipo de registro interno a utilizar (libros, marcas, registros digitalizados u otros).
- Cuando la reproductora pretenda establecerse dentro de áreas protegidas, se deberá presentar el instrumento ambiental correspondiente, así como la documentación emitida por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales MARN que autorice la ejecución del proyecto, obra, industria o actividad.
- Comprante de pago por Registro de Reproductoras – Comercializadoras.
Nota importante: Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, con código BANRURAL 2111, pago de Q1000.00 en Agencias BANRURAL.
B. Requisito para: Actualización del plan de manejo de Registro para Personas Individuales o Juridicas que se dedican a la Reproducción de la Vida Silvestre:
- Formulario de solicitud establecido por el CONAP, debidamente completado.
- Plan de manejo elaborado por regente autorizado y registrado. El plan de manejo deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
- Objetivos de la reproducción.
- Especie(s) a reproducir, detallando nombre científico, nombre común y cantidad propuesta para pie de cría o plantel parental, según corresponda.
- Indicación del origen del pie de cría o plantel parental, según corresponda, especificando si provendrá del medio silvestre, reproducido, centro de rescate u otro.
- Métodos y técnicas de manejo a desarrollar (reproductivas, nutricionales, profilaxis y salubridad.
- Descripción del tipo de instalaciones o infraestructura.
- Plano o croquis de ubicación de las instalaciones o infraestructura, identificando la localización del inmueble y la distribución general de las áreas destinadas a la actividad reproductiva, incluyendo la indicación del tiempo previsto de funcionamiento.
- Listado de personal profesional y técnico de la reproductora, indicando el nivel académico, funciones que desempeñará cada uno y adjuntando copias del DPI.
- Cronograma de actividades.
- Tipo de registro interno a utilizar (libros, marcas, registros digitalizados u otros).
- Documentación que será utilizada para la ampliación y/o actualización de datos en el registro del servicio correspondiente.
- Comprante de pago por Registro de Reproductoras – Comercializadoras.
Nota importante: Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, con código BANRURAL 2111, pago de Q1000.00 en Agencias BANRURAL.
C. Requisito para: Actualización de datos de Registro para Personas Individuales o Jurídicas que se dedican a la Reproducción de la Vida Silvestre:
- Formulario de solicitud establecido por el CONAP, debidamente completado.
- Documentación que será utilizada para la ampliación y/o actualización de datos en el registro del servicio correspondiente.
Nota importante: Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 429, Empresa706, Transacción 1, con código BANRURAL 2111, pago de Q1000.00 en Agencias BANRURAL.
Notas:
La información contenida en el Plan de Manejo se desarrollará conforme al tipo de reproductora y a los especímenes manejados, incorporando medidas adicionales cuando se trate de fauna silvestre.
En caso de que el objetivo de la reproductora sea la comercialización de especímenes de flora y/o fauna silvestre, el titular deberá presentar ante el CONAP la solicitud correspondiente para su inscripción en el registro de comercializadores.
Normativa:
- Artículos 64 y 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
- Decreto No. 63-79 del Congreso de la República de Guatemala, Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, las Decisiones y Resoluciones de la Conferencia de las Partes.
- Decreto No. 23-2024 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Para Promover y Fortalecer la Actividad Chiclera.
- Artículos 24, 25, 26, 27, 30, 33, 34, 35, 52, 53, 54, 75, 76, 78, 81, 81 Bis y 82 de la Ley de Áreas Protegidas, Decreto No. 4-89 del Congreso de la República de Guatemala, y sus reformas.
- Artículos 59, 62, 63, 64, 65, 68, 69, 70, 71, 95 del Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas, Acuerdo Gubernativo No. 759-90.
- Resolución No. ALC/033-99 de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Reglamento Sobre Granjas de Reproducción de Fauna Silvestre.
- Resolución No. 03-21-2018 de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Normativo Para el Registro de Pequeños Productores de Pimienta Gorda (Pimenta dioica) con Condición Comercial.
- Resolución Sc. No. 06/2008 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Manual de Procedimientos del Departamento de Vida Silvestre.
- Resolución 03-26-2021 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, a través de la se acuerda aprobar la implementación del “Libro Tarifario” con la Categorización y Codificación de los Servicios Institucionales.
Pasos:
- Descargue el formulario digital.
- Llene el formulario en computadora.
- Suba el formulario digital al formulario electrónico.
- Suba los documentos solicitados al formulario electrónico.
- Suba el documento de pago al formulario electrónico
Al finalizar el trámite se le enviara a su correo electrónico un link para descargar el Registro para personas individuales o jurídicas que se dedican a la reproducción de la vida silvestre
Descargue el formulario, llénelo a computadora o a mano y vuélvalo a cargar con formato PDF
Teléfonos y correo de contacto:
Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre -DMBVS-
Para resolver dudas puedes comunicarte al teléfono: 22997300 extensión 623 y 624 – correo electrónico: dmbvs@conap.gob.gt
