
Registro para personas individuales o jurídicas que se dediquen a la comercialización de flora y fauna silvestre a nivel nacional e internacional
Direcciones Regionales y Subregionales
Descripción:
Registro administrativo a cargo del Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP), mediante el cual se inscriben las personas individuales o jurídicas que deseen realizar actividades de comercialización, exportación, importación o reexportación de especies, especímenes, partes o derivados de flora y fauna silvestre, conforme a la normativa.
Documentos Obligatorios y Costo del trámite:
A. Requisitos para inscripción en el registro:
- Formulario de solicitud del CONAP.
- Comprobante de pago.
- Documentación que acredite la calidad del solicitante.
- Documentación que acredite la titularidad, posesión o tenencia de la tierra de los establecimientos.
- Documentación que autoriza realizar actividades comerciales (por ejemplo, Patente de Comercio).
Notas para casos particulares:
- Si exporta: código de exportador VUPE.
B. Requisitos para ampliación y/o actualización del registro:
- Formulario de solicitud establecido por el CONAP, debidamente completado.
- Estar inscrito en el registro del CONAP como comercializadora.
- Carta de solicitud de ampliación y/o actualización del registro, indicando la información que pretende ampliar y/o actualizar en el registro.
- Documentación que acredite la calidad con la que actúa el solicitante.
- Documentación que acredite el nombramiento vigente del representante legal.
- Cualquier otra documentación que acredite los datos que sean objeto de ampliación y/o actualización en el registro.
Costo del Trámite:
Nota importante: Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: ATX 249, Empresa 706, Transacción 1, en Agencias BANRURAL.
| No. | Descripción de tarifa | Tarifa | Código BANRURAL |
| 1 | Inscripción de comercializadora de especies de fauna silvestre, incluye cinco años de vigencia. | Q 2,000.00 | 1411 |
| 2 | Actualización de datos de comercializadora de especies de fauna silvestre. | Q 150.00 | 1421 |
| 3 | Inscripción de comercializadora de especies de flora silvestre no maderable, incluye cinco años de vigencia. | Q 2,000.00 | 1511 |
| 4 | Actualización de datos de comercializadora de especies de flora silvestre no maderable. | Q 150.00 | 1521 |
| 5 | Inscripción de comercializadora de especies de flora maderable, incluye cinco años de vigencia. | Q 2,000.00 | 1611 |
| 6 | Actualización de datos de comercializadora de especies de flora maderable. | Q150.00 | 1621 |
| 7 | Inscripción de comercializadora de especies de fauna exógena o exótica, incluye cinco años de vigencia. | Q 2,000.00 | 1711 |
| 8 | Actualización de datos de comercializadora de especies de fauna exógena o exótica. | Q 150.00 | 1721 |
| 9 | Inscripción de comercializadora de especies de flora exógena o exótica, incluye cinco años de vigencia. | Q 2,000.00 | 181 |
| 10 | Actualización de datos de comercializadora de especies de flora exógena o exótica. | Q 150.00 | 182 |
Normativa:
- Artículos 64 y 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
- Decreto No. 63-79 del Congreso de la República de Guatemala, Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, las Decisiones y Resoluciones de la Conferencia de las Partes.
- Artículos 1, 2, 5, 20, 24, 25, 26, 27, 33, 34, 35, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 59, 62, 69, 70, 73, 75, 76, 81 y 82 de la Ley de Áreas Protegidas, Decreto No. 4-89 del Congreso de la República de Guatemala, y sus Reformas, Decretos No. 18-89, 110-96 y 111-97 del Congreso de la República de Guatemala.
- Artículos 26, 62, 66, 67, 68, 69, 71, 72, 73, 74, 90, 92, 95 y 97 del Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas, Acuerdo Gubernativo No. 759-90 del Presidente de la República.
- Resolución Sc. No. 06/2008 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Manual de Procedimientos del Departamento de Vida Silvestre.
- Resolución 03-26-2021 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, a través de la se acuerda aprobar la implementación del “Libro Tarifario” con la Categorización y Codificación de los Servicios Institucionales.
Pasos:
- Descargue el formulario.
- Llene el formulario en computadora.
- Suba el formulario digital al formulario electrónico.
- Suba los documentos solicitados al formulario electrónico.
- Suba la boleta de pago al formulario electrónico.
Al finalizar el trámite se le enviara a su correo electrónico un link para descargar el Registro para personas individuales o jurídicas que se dediquen a la comercializadoras de flora y fauna silvestre a nivel nacional e internacional
Descargue el formulario, llénelo a computadora o a mano y vuélvalo a cargar con formato PDF
Teléfonos y correo de contacto:
Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre -DMBVS- teléfono: 22997300 extensión 623 y 624 – correo electrónico: [email protected]
