Trámite No. 07A

Registro para personas individuales o jurídicas que se dediquen a la comercialización de flora y fauna silvestre a nivel nacional e internacional 

Direcciones Regionales y Subregionales

Descripción:

Registro administrativo a cargo del Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP), mediante el cual se inscriben las personas individuales o jurídicas que deseen realizar actividades de comercialización, exportación, importación o reexportación de especies, especímenes, partes o derivados de flora y fauna silvestre, conforme a la normativa.

Documentos Obligatorios y Costo del trámite:
A. Requisitos para inscripción en el registro:
  1. Formulario de solicitud del CONAP.
  2. Comprobante de pago.
  3. Documentación que acredite la calidad del solicitante.
  4. Documentación que acredite la titularidad, posesión o tenencia de la tierra de los establecimientos.
  5. Documentación que autoriza realizar actividades comerciales (por ejemplo, Patente de Comercio).

Notas para casos particulares:

  • Si exporta: código de exportador VUPE.
B. Requisitos para ampliación y/o actualización del registro: 
  1. Formulario de solicitud establecido por el CONAP, debidamente completado.
  2. Estar inscrito en el registro del CONAP como comercializadora.
  3. Carta de solicitud de ampliación y/o actualización del registro, indicando la información que pretende ampliar y/o actualizar en el registro.
  4. Documentación que acredite la calidad con la que actúa el solicitante.
  5. Documentación que acredite el nombramiento vigente del representante legal.
  6. Cualquier otra documentación que acredite los datos que sean objeto de ampliación y/o actualización en el registro.

Costo del Trámite: 

Nota importante: Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: ATX 249, Empresa 706, Transacción 1, en Agencias BANRURAL.

No.Descripción de tarifaTarifaCódigo
BANRURAL
1Inscripción de comercializadora de especies de fauna silvestre, incluye cinco años de vigencia.Q 2,000.001411
2Actualización de datos de comercializadora de especies de fauna silvestre.Q 150.001421
3Inscripción de comercializadora de especies de flora silvestre no maderable, incluye cinco años de vigencia.Q 2,000.001511
4Actualización de datos de comercializadora de especies de flora silvestre no maderable.Q 150.001521
5Inscripción de comercializadora de especies de flora maderable, incluye cinco años de vigencia.Q 2,000.001611
6Actualización de datos de comercializadora de especies de flora maderable.Q150.001621
7Inscripción de comercializadora de especies de fauna exógena o exótica, incluye cinco años de vigencia.Q 2,000.001711
8Actualización de datos de comercializadora de especies de fauna exógena o exótica.Q 150.001721
9Inscripción de comercializadora de especies de flora exógena o exótica, incluye cinco años de vigencia.Q 2,000.00181
10Actualización de datos de comercializadora de especies de flora exógena o exótica.Q 150.00182
Normativa:
  1. Artículos 64 y 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
  2. Decreto No. 63-79 del Congreso de la República de Guatemala, Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, las Decisiones y Resoluciones de la Conferencia de las Partes.
  3. Artículos 1, 2, 5, 20, 24, 25, 26, 27, 33, 34, 35, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 59, 62, 69, 70, 73, 75, 76, 81 y 82 de la Ley de Áreas Protegidas, Decreto No. 4-89 del Congreso de la República de Guatemala, y sus Reformas, Decretos No. 18-89, 110-96 y 111-97 del Congreso de la República de Guatemala.
  4. Artículos 26, 62, 66, 67, 68, 69, 71, 72, 73, 74, 90, 92, 95 y 97 del Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas, Acuerdo Gubernativo No. 759-90 del Presidente de la República.
  5. Resolución Sc. No. 06/2008 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Manual de Procedimientos del Departamento de Vida Silvestre.
  6. Resolución 03-26-2021 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, a través de la se acuerda aprobar la implementación del “Libro Tarifario” con la Categorización y Codificación de los Servicios Institucionales.
Pasos:
  1. Descargue el formulario.
  2. Llene el formulario en computadora.
  3. Suba el formulario digital al formulario electrónico.
  4. Suba los documentos solicitados al formulario electrónico.
  5. Suba la boleta de pago al formulario electrónico.

Al finalizar el trámite se le enviara a su correo electrónico un link para descargar el Registro para personas individuales o jurídicas que se dediquen a la comercializadoras de flora y fauna silvestre a nivel nacional e internacional

Descargue el formulario, llénelo a computadora o a mano y vuélvalo a cargar con formato PDF

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Teléfonos y correo de contacto:

Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre -DMBVS- teléfono: 22997300 extensión 623 y 624 – correo electrónico: [email protected]


            

            

                        
            
            
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