Trámite No. 16

Permisos de Aprovechamiento Forestal No Comercial dentro de Áreas Protegidas

Direcciones Regionales y Subregionales

Descripción:

El trámite para la emisión de credenciales de aprovechamiento forestal no comercial dentro de áreas protegidas es el procedimiento administrativo a cargo del Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP), mediante el cual se evalúa y autoriza, de forma puntual, temporal y controlada, el aprovechamiento de árboles o productos forestales con fines no lucrativos dentro de los límites de un área protegida, conforme al Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas y normativa aplicable.

Este trámite aplica al aprovechamiento para consumo forestal familiar, al aprovechamiento de árboles con alto potencial de causar daño a viviendas e infraestructura o a la vida humana, y al aprovechamiento por mantenimiento de rutas viales y sistemas de transmisión eléctrica o de comunicación, y se formaliza mediante la emisión de una credencial, la cual autoriza un producto forestal específico, por un volumen máximo, período determinado y dentro de un área delimitada según el caso.

Cuando el aprovechamiento implique movilización del producto, el transporte de los productos forestales obtenidos mediante credenciales de aprovechamiento forestal no comercial deberá realizarse con la Guía de Transporte de Vida Silvestre Maderable emitida por el CONAP, respetando los límites territoriales y de volumetría autorizados, los cuales deberán coincidir con lo establecido en la credencial.

Tipos de Aprovechamiento Forestal No Comercial:

  • Aprovechamiento para consumo forestal familiar
  • Aprovechamiento de árboles con alto potencial de causar daño a viviendas e infraestructura
  • Aprovechamiento por el mantenimiento de rutas viales y sistemas de transmisión eléctrica o de comunicación
Requisitos y Costos del trámite:

Requisitos para la solicitud de Credenciales de Aprovechamiento Forestal No Comercial dentro de Áreas Protegidas

Para la emisión de credenciales de aprovechamiento forestal no comercial dentro de áreas protegidas, el solicitante deberá presentar la siguiente documentación, según corresponda:

  1. Formulario de solicitud del CONAP.
  2. Documentación que acredite la calidad del solicitante.
  3. Documentación que acredite la titularidad, posesión o tenencia de la tierra.
  4. Comprobante de pago del permiso (no aplica para instituciones públicas).

Notas para casos particulares:

  • Si es aprovechamiento para consumo forestal familiar: procede únicamente para personas individuales; se paga la Credencial de consumo forestal familiar.
  • Si es aprovechamiento de árboles con alto potencial de causar daño a viviendas e infraestructura: aplica como caso propio.
  • Si es por mantenimiento de rutas viales o sistemas de transmisión eléctrica: plan de aprovechamiento timbrado, documento de garantía de cumplimiento y pago de las tarifas correspondientes.
  • Si es institución pública: no aplica el comprobante de pago.

Cuando se requiera plan de aprovechamiento (por ejemplo, rutas viales o líneas de transmisión eléctrica), este debe ser elaborado y timbrado por un regente debidamente inscrito ante el CONAP; el regente se asigna en el formulario de solicitud.

Tarifas:

Costo del Trámite: Ingresa en Caja del Banco el Código de CONAP: AXT 249, Empresa 706, Transacción 1, posteriormente de los códigos BANRURAL siguientes:

NoACTIVIDADTARIFACódigo BANRURAL
01Permiso para aprovechamiento forestal no comercial de árboles con alto potencial de causar daño a viviendas e infraestructura en áreas protegidas.Q 25.003217
02Permiso para aprovechamiento forestal no comercial de árboles con alto potencial de causar daño a viviendas e infraestructura en áreas protegidas, para entidades públicas.Sin costoN/A
03Renovación o reposición de permiso para aprovechamiento forestal no comercial de árboles con alto potencial de causar daño a viviendas e infraestructura en áreas protegidas.Q 25.003219
04Permiso para aprovechamiento forestal no comercial para consumo familiar en áreas protegidas.Q 25.003118
05Renovación o reposición de permiso para aprovechamiento forestal no comercial para consumo familiar en áreas protegidas.Q 25.003119
06Permiso para aprovechamiento forestal no comercial para el control o erradicación de especies exóticas en áreas protegidas.Q 25.00371
07Permiso para aprovechamiento forestal no comercial para el control o erradicación de especies exóticas en áreas protegidas, para entidades públicas o sin fines de lucro.Sin costoN/A
08Renovación o reposición de permiso para aprovechamiento forestal no comercial para el control o erradicación de especies exóticas en áreas protegidas.Q 25.00373
09Renovación o reposición de permiso para aprovechamiento forestal no comercial para el control o erradicación de especies exóticas en áreas protegidas, para entidades públicas o sin fines de lucro.Sin costoN/A
10Permiso para aprovechamiento forestal no comercial por construcción de rutas viales en áreas protegidas.Q 25.003416
11Permiso para aprovechamiento forestal no comercial por construcción de rutas viales en áreas protegidas, para entidades públicas.Sin costoN/A
12Renovación o reposición de permiso para aprovechamiento forestal no comercial por construcción de rutas viales en áreas protegidas.Q 25.003418
13Renovación o reposición de permiso para aprovechamiento forestal no comercial por construcción de rutas viales en áreas protegidas, para entidades públicasSin costoN/A
14Permiso para aprovechamiento forestal no comercial por construcción de sistemas de transmisión o distribución eléctrica en áreas protegidas.Q 25.00361
15Renovación o reposición de permiso para aprovechamiento forestal no comercial por construcción de sistemas de transmisión o distribución eléctrica en áreas protegidas.Q 25.00362
16Permiso para aprovechamiento forestal no comercial por mantenimiento de rutas viales en áreas protegidas.Q 25.003316
17Permiso para aprovechamiento forestal no comercial por mantenimiento de rutas viales en áreas protegidas, para entidades públicas.Sin costoN/A
18Renovación o reposición de permiso para aprovechamiento forestal no comercial por mantenimiento de rutas viales en áreas protegidas.Q 25.003318
19Renovación o reposición de permiso para aprovechamiento forestal no comercial por mantenimiento de rutas viales en áreas protegidas, para entidades públicas.Sin Costo3319
20Permiso para aprovechamiento forestal no comercial por mantenimiento de sistemas de transmisión o distribución eléctrica en áreas protegidas.Q 25.003511
21Renovación o reposición de permiso para aprovechamiento forestal no comercial por mantenimiento de sistemas de transmisión o distribución eléctrica en áreas protegidas.Q 25.003512

Notas:

  1. Los productos forestales obtenidos mediante aprovechamiento forestal no comercial no podrán ser comercializados ni utilizados con fines lucrativos, bajo ninguna modalidad.
  2. El aprovechamiento forestal no comercial para consumo forestal familiar únicamente podrá ser solicitado por personas individuales.
  3. Cuando el aprovechamiento implique la remoción de árboles, el titular de la credencial deberá cumplir con las medidas de reposición forestal que indique el CONAP, recomendándose la plantación de especies forestales nativas en el mismo terreno de aprovechamiento.
  4. El transporte de los productos forestales no comerciales autorizados se permitirá únicamente dentro de los límites del área protegida y sus áreas de influencia, sin que en ningún caso pueda sobrepasar el ámbito territorial de la Delegación del CONAP que emitió la credencial por aprovechamiento forestal no comercial.
  5. Para los aprovechamientos forestales no comerciales destinados al consumo forestal familiar, la emisión de la Guía de Transporte de Vida Silvestre Maderable se limitará a una volumetría máxima de 15 metros cúbicos por núcleo familiar al año, debiendo dicha volumetría coincidir con la autorizada en la credencial de aprovechamiento emitida por la Dirección Regional o Subregional del CONAP correspondiente.
  6. Para los aprovechamientos forestales no comerciales de árboles con alto potencial de causar daños a viviendas e infraestructura, la volumetría autorizada se limitará a un máximo de 30 metros cúbicos por terreno por año, debiendo dicha volumetría coincidir con la autorizada en la credencial de aprovechamiento emitida por la Dirección Regional o Subregional del CONAP correspondiente. En el caso de Parques Nacionales, la volumetría autorizada se establecerá con base en los análisis técnicos de riesgos realizados, los cuales deberán estar debidamente respaldados mediante dictamen emitido por la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (CONRED).
Normativa:
  • Artículos 64 y 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
  • Artículos 1, 2, 5, 23, 24, 25, 26, 27, 30, 33, 34, 35, 52, 59, 62, 69, 70, 75, 78, 81, 81 bis, 82, 84 y 85 de la Ley de Áreas Protegidas, Decreto No. 4-89 del Congreso de la República de Guatemala, y sus Reformas, Decretos No. 18-89, 110-96 y 111-97 del Congreso de la República de Guatemala.
  • Artículos 7, 8, 21, 27, 47, 50, 66, 67, 89, 90, 92, 95, 97 y 98 del Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas, Acuerdo Gubernativo No. 759-90 del Presidente de la República.
  • Resolución 07-21-2011 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas.
  • Planes Maestros aprobados por el Consejo Nacional de Áreas Protegidas.
  • Resolución 03-26-2021 del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, a través de la se acuerda aprobar la implementación del “Libro Tarifario” con la Categorización y Codificación de los Servicios Institucionales.
Pasos:
  1. Descargue el formulario que corresponda.
  2. Llene el formulario en computadora.
  3. Suba el formulario digital al formulario electrónico.
  4. Suba los documentos solicitados al formulario electrónico.
  5. Suba el documento de pago al formulario electrónico.

Al finalizar el trámite se le enviara a su correo electrónico para descargar Credenciales de Aprovechamiento Forestal No Comercial dentro de Áreas Protegidas.

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Teléfonos y correo de contacto:

Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre -DMBVS-

Para resolver dudas puedes comunicarte al teléfono: 22997300 extensión 623 y 624 – correo electrónico: [email protected]


            

            

                        
            
            
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